El juicio monitorio y su definición técnica

El proceso monitorio se define como ese juicio declarativo especial, que tiene por objeto la rápida creación de un título ejecutivo judicial, que otorgue al mandante, el derecho a la ejecución de deudas dinerarias, líquidas y exigibles, sin límite cuantitativo alguno, siempre que éstos estén fundados en uno o más documentos, que acrediten una buena apariencia jurídica de la deuda.
De esta definición, extraemos que la naturaleza del juicio monitorio se basa en ser un juicio declarativo especial. Es declarativo, porque el actor, desde la presentación de la petición inicial del monitorio, hasta la creación del título ejecutivo, debe presentar, previamente, las pruebas que demuestren que los hechos alegados por el actor son verdaderos para conseguir un título judicial, que reconozca el derecho a reclamar la satisfacción de la deuda frente al deudor.
Dado que este título es de rápida creación, las características del proceso monitorio declarativo son la sumaridad y la ausencia de contradicción, lo que genera que estamos ante una tutela privilegiada, puesto que en caso de impago, silencio o no oposición del deudor, el acreedor puede acudir con el título ejecutivo judicial para pedir el despacho de la ejecución, sin necesidad de sentencia favorable.